Negativa a someterse a pruebas de alcoholemia y drogas: Diferencias entre el delito y la infracción administrativa
Verónica Santisteban García • 10 de septiembre de 2024
En el ámbito legal, la negativa a someterse a pruebas de alcoholemia y detección de drogas es un asunto de gran relevancia y complejidad. La legislación vigente establece consecuencias tanto en el ámbito penal como en el administrativo, generando una distinción fundamental que es crucial entender para aquellos involucrados en situaciones de control de alcoholemia o drogas.

Pena por negarse a realizar la prueba. De acuerdo con el artículo 383 del Código Penal, el conductor que, al ser requerido por un agente de la autoridad, se niegue a someterse a las pruebas para comprobar la tasa de alcoholemia o la presencia de sustancias estupefacientes, se enfrentará a penas significativas. La sanción puede incluir una condena de prisión que varía entre seis meses y un año, además de una privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores que oscila entre uno y cuatro años.
Requisitos del delito de negativa. Para que la negativa a someterse a las pruebas sea considerada un delito bajo el artículo 383 del Código Penal, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Requerimiento expreso del agente de la autoridad:
Debe existir una solicitud clara y formal por parte del agente para que el conductor se someta a las pruebas de alcoholemia o detección de drogas.
- Negativa deliberada del conductor: El conductor debe rechazar explícitamente realizar las pruebas solicitadas por el agente.
Obligación de sometimiento a las pruebas. La legislación es categórica en cuanto a la obligación de los conductores de someterse a pruebas de alcoholemia y drogas. Según el artículo 12 de la Ley sobre Tráfico y los artículos 21 y 22 del Reglamento General de Circulación, todos los conductores, ya sean de vehículos a motor, ciclomotores, bicicletas o patinetes eléctricos, están obligados a colaborar con las pruebas pertinentes.
Los agentes de la autoridad tienen la potestad de realizar estas pruebas en diversas situaciones, incluyendo:
- Accidentes de tráfico: Cualquier conductor implicado en un accidente puede ser sometido a pruebas.
- Síntomas de intoxicación: Conductores que muestren signos evidentes de conducir bajo los efectos del alcohol o drogas.
- Infracciones de tráfico: Aquellos denunciados por violaciones a las normas de circulación.
- Controles preventivos: Durante controles rutinarios de prevención de alcoholemia y drogas.
Diferencias entre el delito y la sanción administrativa. Es esencial diferenciar entre la sanción penal y la administrativa en el contexto de la negativa a someterse a pruebas. La negativa puede ser castigada de las siguientes maneras:
- Sanción penal: Se aplica cuando el rechazo ocurre en situaciones que implican la conducción bajo efectos de alcohol o drogas, o en el contexto de accidentes o infracciones graves. Esta sanción conlleva penas de prisión y la privación del derecho a conducir.
- Sanción administrativa: Se impone cuando la negativa ocurre en circunstancias menos graves, como durante controles preventivos sin evidencias claras de intoxicación. En estos casos, la sanción es una multa sin consecuencias penales.